
Víctor Fuentes
LA EXTINCIÓN
En octubre de 2009, el Presidente Felipe Calderón decretó la extinción de la paraestatal Luz y Fuerza del Centro, que durante años se había convertido en el mayor desastre financiero del Gobierno federal, que tenía que aportarle más de 40 mil millones de pesos anuales en subsidios para mantenerla en operación.
La principal razón de la incosteabilidad de LFC era el contrato colectivo con el Sindicato Mexicano de Electricistas, que contemplaba las prestaciones más elevadas del Gobierno, para una injustificada población de 45 mil trabajadores en activo y más de 20 mil jubilados.
Calderón alegó en su decreto que el Ejecutivo estaba facultado para extinguir a LFC, porque su creación--en su versión más reciente- también derivó de un decreto presidencial, expedido por Carlos Salinas de Gortari, quien en vez de concretar la liquidación de la empresa, iniciada en la década de los 70, le dio nueva vida en agradecimiento al apoyo que recibió del SME durante su campaña electoral en 1988.
El SME impugnó la extinción mediante un amparo que fue negado en definitiva por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia en 2010. La legalidad del decreto era tan clara, que los ministros no tuvieron debate alguno sobre el tema, y se limitaron a aclarar que la cuestión de las relaciones laborales, tanto colectivas como individuales, ameritaba un litigio por separado.
El Gobierno había ofrecido estímulos adicionales a los trabajadores para que aceptaran su liquidación, que de por sí era superior a la de ley, pues se basaba en el contrato colectivo. Además, quedó obligado a seguir pagándole a todos los jubilados hasta que el último de ellos fallezca. De los 45 mil liquidados, sólo 29 mil han cobrado.
LA TERMINACIÓN DE RELACIONES
Luego que la Corte avaló el decreto de extinción, el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, liquidador de LFC, dio aviso a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje sobre la terminación de las relaciones laborales con el SME.
El argumento del SAE parecía bastante obvio: el decreto de extinción fue una causa de fuerza mayor, ajena a la parte patronal, que simplemente impedía mantener una relación con el sindicato, dado que la empresa no existía desde casi un año antes.
La JFCA aprobó rápidamente la terminación. El SME promovió un amparo contra el laudo respectivo, alegando que no hubo causa de fuerza mayor porque la extinción de LFC fue decretada por el Ejecutivo, que era el patrón del Sindicato, y por tanto se pudo haber evitado.
El argumento parecía ignorar el hecho de que la extinción ya había sido avalada por la Corte. El amparo fue turnado al Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo, que tardó más de dos años en dictar sentencia, y cuando lo hizo, metió en un grave problema al Gobierno.
El tribunal no sólo retomó la idea de que no hubo causa de fuerza mayor, sino que la mejoró. Afirmó que para la terminación de relaciones, primero se debió entablar un conflicto económico ante la JFCA para acreditar que la empresa era incosteable, y más aún, resolvió que la CFE debía ser patrón sustituto del SME, porque la materia de trabajo seguía existiendo.
LA CORTE INTERVIENE
El caso no era fácil para el Gobierno. Para llevar el asunto a la Suprema Corte, era necesario acreditar que el tribunal colegiado interpretó la Constitución, lo que sólo de manera tenue se apreciaba en su sentencia.
El recurso del SAE partió de la idea de que el tribunal interpretó los artículos de la Constitución que definen a la administración pública. El argumento fue que los magistrados ignoraron jurisprudencia de la Corte, que ha señalado que las paraestatales no dependen directamente del Ejecutivo, quien no es su patrón, sino que tienen sus propios órganos de gobierno y patrimonio.
El presidente de la Corte, Juan Silva Meza, admitió el recurso del SAE en octubre. El SME reclamó esta admisión, pero la Primera Sala de la Corte la confirmó en diciembre, con el Ministro José Ramón Cossío como único voto en contra.
Finalmente, el 30 de enero la Segunda Sala de la Corte revocó por unanimidad el amparo al SME, en una sesión en que llovieron críticas de los ministros al tribunal colegiado por haber ignorado la naturaleza de órgano descentralizado de LFC, y haber asumido que el Presidente Calderón era el patrón del sindicato.
No sólo eso. Algunos ministros también criticaron la idea de que el SAE decidió promover un conflicto económico, cuando esa figura sólo puede aplicarse en empresas que aún existen, y ya ni siquiera se molestaron en abordar el tema del patrón sustituto, que quedó totalmente descartado al confirmarse la terminación de relaciones laborales.
Así, en tres años y medio de litigio, el SME generó veinte votos en tres asuntos revisados por la Suprema Corte, 19 de ellos en contra. Sólo uno, el de Cossío en diciembre de 2012, le fue favorable, y no porque ese Ministro considerara que CFE debía ser patrón sustituto, sino sólo porque a su juicio no se debió admitir el recurso del Gobierno contra la sentencia del tribunal colegiado.
