
Víctor Fuentes
EL HOMICIDIO
Itzachel Shantal González López, de 16 años de edad, fue reportada como extraviada por su madre el 20 de octubre de 2007, una semana después de ingresar al Instituto Salesiano Carlos Gómez en San Luis Potosí, y su cadáver fue encontrado dos días después en el salón de usos múltiples de la escuela. Se concluyó que la menor fue violada antes de su muerte.
De inmediato, el caso se convirtió en un escándalo en la capital potosina, y en un problema para el entonces Gobernador, el panista Marcelo de los Santos.
Durante la investigación, múltiples testigos declararon que la última vez que se vio a Shantal con vida fue cuando estaba sentada en la escalinata que conduce a la entrada principal del colegio, pero en noviembre de 2008, una empleada de vigilancia cambió sus declaraciones originales y afirmó haber visto a la víctima parada junto a la entrada de la casa donde viven los sacerdotes salesianos.
Esa declaración bastó a la Procuraduría estatal para dirigir sus sospechas hacia José Carlos Contreras Rodríguez, director de Primaria del colegio, quien fue citado a declarar en calidad de testigo y sometido a una "evaluación", de la cual resultó que su perfil coincidía con un dictamen pericial en criminología que se había hecho diez días antes, cuando aún no había un indiciado por el crimen.
Reacciona la Iglesia
La Iglesia Católica mexicana, comenzando por el Cardenal Norberto Rivera, adoptó como propia la causa del padre Contreras, quien fue encarcelado en octubre de 2009, unos días después de que tomó posesión como nuevo Gobernador el priista Fernando Toranzo Fernández.
Desde un principio, llamó la atención lo endeble de la acusación contra Contreras, que no estaba basada en un sólo testimonio ni prueba directa. Aún así, el Poder Judicial de San Luis Potosí marchó al ritmo que la marcó la Procuraduría, pues no sólo ordenó la aprehensión de Contreras, sino que le dictó auto de formal prisión, lo condenó a 33 años y medio de cárcel en la sentencia de primera instancia, y el Tribunal Superior de Justicia confirmó dicho castigo en apelación.
Uno de los puntos que más molestaron a la Iglesia fue una "inspección canina" del dormitorio de Contreras, que fue una de las pruebas centrales en el proceso.
"Aún más sorprendente al informe de Policía Judicial en el que citan que unos elementos caninos se muestran nerviosos al realizar una inspección al interior de la casa salesiana propiciado por tres aromatizantes que estaban colocados al interior de la habitación de José Carlos Contreras", señaló la Arquidiócesis de México en un comunicado emitido en 2011.
Contreras promovió amparo directo contra la sentencia del tribunal potosino, y su caso fue atraído en 2012 por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que desde el primer momento dio claras señales de que su motivo para entrar al tema era que no parecía existir evidencia alguna de la culpabilidad del sacerdote.
Absuelve la Corte
El pasado 21 de agosto, la Primera Sala ordenó la liberación inmediata de Contreras, quien llevaba casi cuatro años preso en el Centro Estatal de Reclusión de La Pila. Para entonces, la "inspección canina" de la policía de San Luis Potosí ya se había convertido en objeto de burlas al interior de la Corte.
"Durante catorce meses, los Ministros tuvieron a su disposición ocho tomos de la causa penal, dos tomos que conformaban las sentencias condenatorias y siete tomos de anexos. En total, el expediente estaba integrado por casi once mil fojas", informó la Corte.
"Dentro de estos documentos la Primera Sala estudió 218 pruebas, incluidas 175 testimoniales, y determinó que no existía prueba alguna que incriminara en los hechos al señor Contreras, sino meros indicios, los cuales resultaron insuficientes para acreditar su culpabilidad", agregó.
El Ministro Arturo Zaldívar, autor de la sentencia, afirmó que las supuestas "pruebas" contra el sacerdote carecían de toda lógica y razón, postura que compartieron sus colegas Olga Sánchez, Alfredo Gutiérrez y Jorge Pardo.
Así, aunque menos famoso a nivel nacional, Contreras se unió a personajes como Florence Cassez, los líderes de San Salvador Atenco y los acusados por la matanza de Acteal, que han sido liberados por la Primera Sala de la Corte en los últimos años, en sentencias que han puesto en severa duda la capacidad de los tribunales inferiores, tanto federales como estatales, para desahogar procesos penales con al menos cierto grado de imparcialidad y honradez.
La postura de Cossío
El Ministro José Ramón Cossío fue el único que votó contra el proyecto de Zaldívar, luego de que en 2012 se había opuesto a ejercer la facultad de atracción sobre el caso.
Es importante recordar que la Corte sólo puede atraer amparos directos -que son de competencia original de los tribunales colegiados de circuito- cuando existe un tema jurídico de relevancia y trascendencia extraordinarias, más no por el hecho de que un caso tenga impacto social o sea cubierto por los medios. En la práctica, sin embargo, siempre es posible ajustar la definición de "relevancia y trascendencia", por lo que la facultad de atracción se aplica básicamente cuando los ministros se sienten seducidos por un asunto.
El 21 de agosto, Cossío no consideró que Contreras fuera culpable del homicidio. Su postura fue que el proyecto de Zaldívar estaba incompleto, ya que al tratarse de un amparo directo atraído, la Corte tenía que asumir las funciones del tribunal colegiado y valorar de manera exhaustiva todas las pruebas en las que se basó la sentencia condenatoria.
"En el proyecto se hace una narrativa parcial y segmentada de un conjunto de pruebas que no responden a todos los elementos que tuvo en cuenta la autoridad responsable para dictar la sentencia definitiva reclamada (más de 50 elementos probatorios)", afirmó Cossío.
Según el Ministro, sus colegas se limitaron a estudiar seis de las más de 50 pruebas en que se basó la sentencia condenatoria, y ajustaron dicho análisis a la narrativa previamente elegida sobre la insuficiencia probatoria. En consecuencia, Cossío votó en contra por carecer de elementos para concluir que efectivamente hubo pruebas insuficientes contra el sacerdote.
